La rápida evolución del uso de la inteligencia artificial (IA) y su potencial para alterar las artes creativas ha suscitado un debate fascinante. Ahora que los algoritmos tienen la capacidad de generar arte, se está produciendo un cambio fundamental en nuestra forma de ver una actividad que hasta ahora era competencia de los seres humanos.
A medida que la IA se integra cada vez más en el proceso creativo, ?cuándo se convierte el arte humano en arte de la IA?
Esta pregunta tiene implicaciones de gran alcance, desde las complejidades de la legislación sobre derechos de autor hasta el deseo de la industria del entretenimiento de emplear la IA en la escritura de guiones. Recientes acontecimientos jurídicos, como una sentencia que establece que el arte de la IA no es susceptible de derechos de autor, han puesto esta cuestión en el punto de mira.
La IA en el proceso creativo
El arte y la música se perciben como habilidades exclusivamente humanas, limitadas a personas con un talento excepcional. Sin embargo, la IA permite ahora a cualquiera generar una obra de arte con unas pocas indicaciones y clics.
En los últimos a?os, la IA ha logrado avances impresionantes en la reproducción de tareas creativas. Los algoritmos de IA pueden generar arte visual, componer música y producir texto articulado. El arte generado por IA se vende en exposiciones y en el mercado de criptomonedas en forma de fichas no fungibles (NFT).
Los generadores de arte de IA utilizan algoritmos de aprendizaje automático profundo (ML) para analizar grandes conjuntos de datos de obras de arte, aprendiendo diferentes estilos, técnicas y composiciones como base para generar nuevas piezas digitales a partir de simples instrucciones de texto o indicaciones.
Sin embargo, la diferencia radica en la ausencia de creatividad humana: los procesos de pensamiento, las intenciones y las emociones que informan la obra de un artista.
Proporcionar a una herramienta de IA generativa una instrucción u otra forma de entrada no equivale a creatividad humana. La IA puede producir un resultado basado en instrucciones, pero carece de la experiencia, las emociones, las vivencias personales, la intención o el propósito que dan forma al arte humano.
?Es apropiado que alguien afirme que ha creado una obra de arte siguiendo las instrucciones de un algoritmo de IA? ?Es tan válida como una obra de arte creada exclusivamente por un ser humano?
Estas cuestiones van más allá de la teoría.
El mercado en línea PromptBase vende instrucciones de inteligencia artificial para generar imágenes, incluidas las que imitan obras protegidas por derechos de autor. Los estudios de cine y televisión de Hollywood están cada vez más dispuestos a introducir la IA en las salas de guion.
Gracias a su capacidad para analizar grandes conjuntos de datos y generar contenidos con rapidez, la IA se considera una valiosa herramienta para agilizar el proceso creativo. Sin embargo, la cuestión de quién es el verdadero propietario de los contenidos generados por IA y cómo encajan en el marco establecido por la ley de propiedad intelectual (PI) sigue siendo turbia.
El dilema jurídico
La cuestión central para los abogados es el nivel de participación humana en el proceso creativo. En un importante acontecimiento jurídico, un juez federal de EE.UU. confirmó la conclusión de la Oficina de Derechos de Autor de EE.UU. (USCO) de que el arte generado por la IA no es susceptible de derechos de autor.
Stephen Thaler había impugnado la denegación de la USCO de su solicitud de derechos de autor para una obra de arte llamada “A Recent Entrance to Paradise”, creada por “Creativity Machine”, una IA generativa desarrollada por él. Thaler identificó a “Creativity Machine” como autor de la obra en la solicitud. La USCO denegó la solicitud alegando que no cumplía el requisito de originalidad de la Ley de Propiedad Intelectual de Estados Unidos.
La ley de derechos de autor “nunca se ha extendido tanto” para “proteger obras generadas por nuevas formas de tecnología que operan sin ninguna mano humana que las guíe”, declaró el juez. “La autoría humana es un requisito fundamental”.
La USCO ha declarado que el “nexo entre la mente humana y la expresión creativa” es un elemento fundamental para la protección de la ley de derechos de autor.
La sentencia tiene implicaciones en toda la industria creativa.
En Hollywood, el uso de la IA ha desempe?ado un papel central, junto con las protecciones laborales, los salarios y las prestaciones, en la ruptura de las negociaciones que ha llevado a actores y guionistas a la huelga.
A los actores les preocupa perder el control de sus voces e imágenes, perder créditos o ser sustituidos por completo. Temen que los estudios escaneen sus imágenes y las utilicen -incluso para entrenar nuevos algoritmos- sin su consentimiento ni pago futuro. Por su parte, a los guionistas les preocupa que el uso de algoritmos de inteligencia artificial para escribir guiones pueda afectar a los créditos en los que se basan sus salarios y premios.
A los estudios también puede preocuparles que, si un guión, un personaje o, llevado al extremo, una película entera se genera mediante IA, no tengan base para reclamar derechos de autor sobre él, y la propiedad intelectual es una vía lucrativa, a veces una gallina de los huevos de oro, para Hollywood.
Desafiar los límites de la ley de propiedad intelectual
Los sindicatos y los estudios se enfrentan a un panorama complejo y cualquier decisión que se tome en el litigio actual sentará probablemente precedentes para futuros contratos. Esto es especialmente difícil, ya que la tecnología de IA sigue avanzando a un ritmo rápido.
Estas cuestiones están forzando un debate más amplio sobre las capacidades de la IA y la línea que separa los contenidos generados de la creatividad humana.
Aunque los algoritmos de IA pueden generar arte, texto y música, ?deberían sus resultados recibir protección de los derechos de autor? ?Existen dentro de los límites de la doctrina establecida del “uso justo”, que permite el uso de obras protegidas por derechos de autor para la crítica, el comentario, la información periodística, la ense?anza y la investigación?
Los generadores de arte de IA están desafiando los límites del robo de PI, al haber sido entrenados en grandes conjuntos de datos sin el consentimiento de los artistas originales. Por ejemplo, el generador de imágenes DALL-E de OpenAI y la plataforma de IA de Midjourney venden suscripciones, beneficiándose de hecho de las obras protegidas por derechos de autor que pueblan sus conjuntos de datos.
Las recientes demandas de los autores Sarah Silverman, Christopher Golden y Richard Kadrey contra OpenAI y Meta, así como de las artistas Sarah Andersen, Kelly McKernan y Karla Ortiz contra Stability AI, DeviantArt y Midjourney, alegan que utilizar sus obras para entrenar modelos de IA sin su consentimiento equivale a un robo de PI.
El proveedor de fotografía de archivo Getty también ha presentado demandas en los Estados Unidos y el Reino Unido contra Stability AI, alegando que su generador de imágenes de IA Stable Diffusion viola sus derechos de autor y de marca al utilizar indebidamente fotografías con marca de agua de su colección.
Sin embargo, el juez del caso de los artistas ha dicho que necesitan aportar pruebas más detalladas. “De lo contrario, parece inverosímil que se trate de sus obras”, ya que los algoritmos se han entrenado con “cinco mil millones de imágenes comprimidas”.
Los casos tradicionales de derechos de autor requieren que los demandantes demuestren que la infracción es “sustancialmente similar” a su obra original. Esto es más opaco con las obras generadas por IA que se han compuesto basándose en una amplia gama de fuentes.
Esto, a su vez, suscita otra preocupación: que los artistas no tengan forma de evitar que su trabajo públicamente disponible se utilice para entrenar algoritmos.
Implicaciones futuras
Los casos recientes ponen de manifiesto las limitaciones de la legislación vigente frente a la rápida adopción de la IA. Serán necesarias nuevas normativas o marcos jurídicos para abordar la ambigüedad que plantea la interacción de la creatividad humana y los algoritmos de IA y proporcionar directrices claras para la protección de los derechos de autor y la propiedad intelectual. De lo contrario, aumentará el riesgo de litigios por el robo de contenidos originales y la vulneración de los derechos de los artistas.
A medida que la tecnología de la IA siga avanzando, será cada vez más capaz de imitar la creatividad humana. Esto pondrá en juego el debate moral en torno a la esencia de la creatividad y lo que separa el arte humano de la producción de la IA.
Y el debate va más allá de los derechos de autor. También tendrá implicaciones para los trabajos creativos de nivel básico en ilustración, dise?o gráfico, fotografía, modelado y otras artes visuales, ya que podrían ser sustituidos por herramientas de IA.
A la inversa, ya están surgiendo nuevas funciones para los creadores de estímulos de IA, y existe la posibilidad de que los artistas utilicen herramientas de IA como referencias para inspirar su trabajo.
Por ejemplo, un artista que quiera utilizar determinadas formas, texturas o iluminación en su obra podría empezar con una sugerencia de IA que le proporcionara una referencia de cómo deberían ser. O un dise?ador gráfico podría utilizar la capacidad de resolución de problemas de un algoritmo para orientar su trabajo en un encargo de dise?o.
En resumen
La cuestión de cuándo el arte humano se convierte en arte de la IA es compleja y no dejará de serlo a medida que la tecnología evolucione y aumente su adopción. Recientes sentencias judiciales han subrayado la importancia de la participación humana en el proceso creativo para la protección de los derechos de autor.
Los límites entre la creatividad humana y la producción artificial seguirán siendo cuestionados y redefinidos, configurando el futuro del arte y la propiedad intelectual. La intersección entre la creatividad, la inteligencia artificial y la legislación sobre derechos de autor seguirá siendo un espacio dinámico e intrigante que habrá que observar, y probablemente sin respuestas fáciles.